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Antigüedad Remunerativa
Las empleadoras y los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes. El concepto estará incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación. Se deberá calcular el 1% por cada año trabajado y consignarlo en el ítem “Antigüedad”. El sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.